Antes de la apertura de un negocio, ademas de tener que pensar en el puesto que cada uno de los participantes ocupará dentro del mismo, y de la manera en que será administrado, es muy importante atender a las normas que el gobierno impone para la apertura de los negocios; de esa manera se evitarán contratiempos y tropezones que nos destruyan el ánimo o no nos permitan avanzar en nuestro nuevo proyecto.
Aquí les enlisto los PRIMEROS
TRÁMITES QUE SE DEBEN REALIZAR ANTE LAS AUTORIDADES DE GOBIERNO
DEL DITRITO FEDERAL PARA ABRIR UN NEGOCIO tomando como ejemplo, en el presente caso, un negocio con aforo
de 20 personas, una superficie de 50 m2, 5 empleados y una actividad
dentro del
siguiente rubro: Salones de belleza, peluquerías y estéticas. Servicios
de
lavado, corte, recorte, rizado, teñido, coloración de pelo, en niños,
mujeres y
hombres: afeitado y recorte de barba y bigote, masajes faciales, arreglo de manos y pies,
maquillaje y otros tratamientos de belleza, entre otros. Exclusiones:
Salas de
masajes y baños públicos.
1. Certificación
de zonificación de uso de suelo específico o certificado de zonificación
para
usos del suelo permitidos.
Es un trámite para obtener el documento que hace que la normatividad en materia de uso del suelo permite el desarrollo de una actividad en un predio determinado.
REQUISITOS:
* Formulario debidamente requisitado en original.
*Boleta predial actualizada (copia y original para su cotejo)
*Coprobante de pago de derechos.
*Identificación oficial vigente.
*Si el predio fue subdividido o relotificado, la Licencia de Subdivisión o Relotificación.
Tratándose de predios que se encuentren en el suelo de conservación:
*Constancia de alineamiento y número oficial.
*Escrituras.
Tiempo de Tramite: de 5 días a 2 meses (depende de la carga de trabajo de la autoridad administrativa)
Vigencia: de 1 a 2 años (depende de la determinación de la autoridad administrativa.
2. Aviso de declaración de apertura para establecimiento mercantil.
Es un tramite que deben realizar las personas físicas o morales interesadas en operar un establecimiento mercantil cuyo giro no requiera licencia de funcionamiento en términos de la Ley para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles, previamente al inicio de actividades.
REQUISITOS:
* proporcionar la información necesaria para elaborar los formatos correspondientes y presentarlos ante la autoridad.
Tiempo de Trámite: de 3 a 5 días.
Vigencia: Indeterminada mientras no se cambie de giro.
3. Contrato de Arrendamiento de Local con giro comercial.
El contrato de
arrendamiento o locación (locatio-conductio por su
denominación originaria en latín) es un contrato por el cual una de las partes,
llamada arrendador, se obliga a transferir temporalmente el uso y goce
de una cosa mueble o inmueble a otra parte denominada arrendatario,
quien a su vez se obliga a pagar por ese uso o goce un precio cierto y
determinado.
REQUISITOS:
*Proporcionar la información necesaria para elaborar el contrato.
* Copia de IFE de ambas partes, del fiador y de dos testigos.
Tiempo de Trámite: de 3 a 5 d ías.
Vigencia: Un año pero es renovable por el mismo periodo de tiempo establecido.
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